Además de las exigentes normativas de seguridad que tienen que cumplir los centros educativos tienen que contar con seguros escolares obligatorios. ¿A quién protege un seguro escolar? Los seguros escolares obligatorios cubren a los estudiantes menores de 28 años. Estos estudiantes tienen que cursar estudios reglados por el Ministerio de Educación como la Educación Secundaria Obligatoria o los estudios universitarios.
El seguro escolar inicia su historia con una Ley en el año 1953. Este tipo de seguro está previsto en la Ley General de la Seguridad Social como un Régimen Especial para los estudiantes menores de 28 años.
Concretamente están incluidos en este seguro todos los estudiantes españoles menores de 28 años, que cursen en España:
- Bachillerato, 3º y 4º de ESO.
- Formación Profesional, de segundo grado, grado medio, superior y especial.
- Curso de Orientación Universitaria y Bachillerato Unificado Polivalente (estudiantes repetidores).
- Programas de cualificación profesional.
- De los centros integrados.
- Estudios Universitarios de grado medio, grado superior y de doctorado.
- De grado superior en conservatorios de música.
- De grado superior en conservatorios de danza.
- Arte dramático.
- Teología en los centros superiores de la Iglesia Católica.
- Segundo curso de educación secundaria de personas adultas.
- Estudiantes universitarios que realicen prácticas en empresas.
- Programas de formación para la transición a la edad adulta.
Los estudiantes nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, y, todos los estudiantes extranjeros residentes en España hasta los 28 años también están cubiertos por el seguro escolar obligatorio.
Este seguro se incluye al pagar la matrícula del estudio y tiene unas amplias coberturas que cubren tanto accidentes dentro del centro escolar como fuera. Pero, ¿exactamente para qué sirve el seguro escolar? El seguro escolar cubre fundamentalmente accidentes que puedan sufrir los estudiantes durante su estancia en el entorno del centro educativo. Las principales coberturas del seguro escolar son:
- Accidentes que se produzcan mientras el estudiante está realizando actividades educativas. Es decir, los accidentes relacionados directa o indirectamente con los estudiantes en el centro escolar o fuera de él si están realizando actividades escolares. La asistencia sanitaria y la hospitalización derivada de estos accidentes se incluyen en el seguro escolar obligatorio. Si el alumno tiene un accidente grave puede tener acceso a una indemnización e incluso una renta vitalicia si tiene algún tipo de incapacidad reconocida. Si por desgracia el alumno fallece su familia puede percibir una indemnización.
- Otras coberturas relacionadas con la enfermedad o situaciones familiares especiales. En el caso de que fallezca el cabeza de familia del estudiante el seguro escolar cubre una ayuda económica si los ingresos de su unidad familiar no superan unos mínimos.
En resumen, el seguro escolar obligatorio ofrece a los estudiantes prestaciones por accidente escolar, prestaciones por enfermedad y prestaciones por infortunio familiar.
Además del seguro escolar obligatorio, los centros educativos y las Asociaciones de Madres y Padres del Alumnado (AMPAS) suelen contratar otros seguros como seguros multirriesgos, seguros de responsabilidad civil y seguros escolares voluntarios. Todos estos seguros buscan que nuestros hijos y los centros educativos donde estudian tengan la máxima protección y seguridad.