Esto marca una de las principales diferencias del seguro de decesos, puesto que desde hace muchas décadas está configurado como un producto de prestación de servicios, esto es, capaz de pagar al beneficiario mediante la realización por la aseguradora de determinadas labores que, en otro caso, debería realizar el propio beneficiario en un momento muy delicado de su vida.
El seguro de decesos tiene una doble vertiente: por un lado, consiste en que la aseguradora se hace cargo de todos los gastos relativos al enterramiento de una persona. Desde gastos administrativos (certificados, trámites de pensiones, etc.) hasta el pago de elementos que acompañan a este tipo de siniestro: servicios fúnebres, gastos de sepultura, incineración, coronas, etc.
Pero, sin duda, el gran componente del seguro de decesos es la prestación integral de todas las gestiones que conlleva un entierro, un servicio que la mayoría de asegurados es el que más valora, pues evita las preocupaciones y quebraderos de cabeza en un momento muy difícil para la familia del fallecido.
La cobertura clásica de decesos es el tipo de contrato más extendido y el que poseen la mayoría de las pólizas, especialmente las más antiguas. Incluye básicamente los servicios fúnebres por fallecimiento, y los gastos de sepultura, todo ello con las gestiones realizadas por la compañía aseguradora.
A esta cobertura suelen acompañar complementos clásicos del ramo, como gastos por incineración, impresión de un determinado número de recordatorios, coronas de flores, e incluso la publicación de esquelas en los periódicos.
Un buen ejemplo se servicios básicos de un seguro de decesos, es el seguro de decesos Expertia Familiar. Sus coberturas básicas son una muestra de lo que incluye un seguro muy completo:
- Servicio fúnebre a todos los asegurados dentro del seguro de decesos, incluyendo el conjunto de elementos necesarios para efectuar el servicio del asegurado fallecido.
- Traslado completo del asegurado fallecido. Con este seguro de decesos se garantizan las gestiones y gastos necesarios para el traslado del cadáver del asegurado desde el lugar de su fallecimiento en cualquier lugar del mundo, hasta el cementerio o planta incineradora dentro de territorio español.
- Asistencia en viaje para los asegurados, garantizando la repatriación del cuerpo a España y el viaje de su acompañante para trasladarse al lugar del fallecimiento o volver a territorio español.
- Asistencia Médica y Protección Familiar, con la finalidad de incluir un servicio telefónico de orientación y asistencia médica para la protección de la salud familiar, incluyendo
- Línea telefónica especializada para aclarar dudas en general, de carácter médico o sobre la salud. Asesoramiento u orientación médico-sanitaria para la prevención de enfermedades y disminución de riesgos sobre la salud, o en caso de enfermedades terminales y situaciones de proximidad al deceso.
- Servicio telefónico de asesor nutricional, desarrollo de sus hijos, orientación social, orientación psicológica y búsqueda de centros sociales.
- Servicios orientación y asistencia para la protección de la salud y veterinaria.
- Servicios asistenciales y de orientación sobre medicina alternativa, medicina estética y cuidado personal.